Respuesta del P. Hugo Valdemar a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Respuesta del P. Hugo Valdemar a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Domingo, 03 de julio de 2011 El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha dicho que el apelo que hice a mi derecho fundamental consagrado en la Constitución de expresarme libremente, se declaraba “infundado”, porque los principios y valores en que sustenta la democracia representativa deben convivir armónicamente, de manera que la manifestación de ideas u opiniones que atenten contra los valores democráticos no encuentran amparo en el mencionado derecho fundamental. Así que, según los Jueces del TEPJF, una opinión crítica, de un ciudadano a un partido político por sus acciones inmorales, criminales y destructoras de la familia y sus valores, es un atentado contra la vida democrática de nuestro país. Es decir, que ese partido político goza de una inmunidad declarativa, la pronuncia de su sólo nombre –según los magistrados-, atenta contra la convivencia armónica propia de la democracia mexicana que -al parecer del Tribunal-, es un dechado de buenas maneras y costumbres. Tal proposición no sólo es una contradicción jurídica sino que raya en el ridículo Por otra parte el Tribunal afirma que en diversos comunicados y entrevistas periodísticas que concedí, emití expresiones dirigidas a la ciudadanía para que asumiera una concreta posición electoral de no votar por el PRD. Esta afirmación es totalmente falsa, en primer lugar nunca he emitido algún comunicado en contra del PRD, en segundo lugar, una sólo vez, en agosto pasado, concedí una entrevista vía telefónica concedida al diario El Universal, en la que, efectivamente dije que ningún católico en conciencia podía votar por el PRD, después de las leyes inmorales y criminales que ha aprobado en el Distrito Federal, pero lo dije sólo una vez, y a esa acción no se le puede llamar proselitismo. Recomiendo respetuosamente a los señores jueces que lean la definición de “proselitismo” y verán que consiste en una acción deliberada, reiterada e intencionada a favor o contra de algo, por lo que una sola mención, en una sola entrevista no puede interpretarse como violatoria de la ley electoral. Por último, el Sr. Zambrano nos recomienda acatar la sentencia condenatoria del TEPJF, y a que no lo tomemos como algo personal. Le pregunto al Sr. Zambrano: ¿Y su servidor qué es? ¿No soy persona humana? No fue contra de mi dicha demanda y condena? Claro que es un asunto personal contra quien los ha desenmascararlos públicamente y también es un problema de carácter institucional: un odio del PRD a la Iglesia Católica a la que quiere amedrentar, callar y someter. Ese es espíritu democrático que inspira al PRD nacional y que nunca ha tenido empacho en demostrarlo.